El Cuerpo de Auditores del Poder Judicial de la Nación fue creado por resolución 224/08 del Consejo de la Magistratura.
Tiene competencia para ejercer el control interno, mediante auditorías contables, financieras, de gestión y de legalidad de los jueces del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistratura.
Depende directamente del Plenario del Consejo y tiene como función realizar las auditorías, informaciones sumarias y sumarios en los términos que establece el Reglamento del Cuerpo de Auditores, aprobado por resolución 401/09.
Las auditorías son ordenadas por el Plenario, el Presidente del Consejo o las Comisiones –o establecerse en el Plan Anual- y pueden ser de relevamiento, de gestión, de legalidad o financieras.
Las investigaciones sumariales pueden iniciarse por disposición del Plenario o del Presidente –en casos que no admiten demora y ad referéndum de aquél- y están enderezadas a determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios y empleados del Consejo por incumplimiento de las leyes, decretos, acordadas, resoluciones y reglamentos que regulan la actividad.
Las informaciones sumarias tienen por objeto precisar las circunstancias y reunir los elementos de prueba tendientes a esclarecer la comisión de irregularidades, individualizar a sus responsables y recomendar, eventualmente, la formación de sumario.
El objetivo del sumario es esclarecer los hechos investigados, deslindar las responsabilidades emergentes y, en su caso, aplicar las correspondientes sanciones.