Seis Cámaras de Apelaciones ya adhirieron al protocolo de teletrabajo en el Poder Judicial de la Nación | Consejo de la Magistratura
Publicado el 23/04/2021
El 30 de julio del año 2020 el Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobó mediante la Resolución 182/20, los principios rectores para la aplicación del teletrabajo por parte de las autoridades que ejercen la superintendencia en el ámbito del Poder Judicial de la Nación. Siendo estos principios:
En primer lugar, la igualdad de derechos respecto al trabajo presencial. Así mantendrán plena vigencia de sus funciones, jerarquía, derecho a la carrera judicial, régimen de licencias y derechos sindicales. El derecho a la desconexión digital, por el cual no deben ser contactados fuera de su jornada laboral, no pudiendo remitirse comunicaciones ni tareas a menos que sea una cuestión estrictamente urgente.
En relación a las tareas de cuidado sostiene que mientras permanezcan cerradas las instituciones educativas o de cuidados, la autoridad de superintendencia dispondrá de distintas alternativas destinas a aquellos funcionarios/as, empleados/empleadas que tengan a su cargo hijos/as menores de 13 años, personas con discapacidad o adultos mayores que requieran asistencia especifica por ej reducción de la jornada, interrupción de la jornada, entre otras.
Seguidamente establece que las respectivas autoridades que ejercen la superintendencia deberán realizar un relevamiento de las condiciones en que se encuentran las personas que realizan teletrabajo. Sobre todo lo referido a insumos y herramientas, conectividad, condiciones particulares respecto a los miembros convivientes, etc. Así como también deberán llevar un registro de las personas que se encuentren bajo modalidad de teletrabajo. Tanto el relevamiento como el registro debe ser girado al Consejo de la Magistratura y a la CSJN. Asimismo, serán las autoridades de superintendencia quienes tendrán que establecer los mecanismos para el control de asistencia.
Por otra parte y en materia de capacitación, los funcionarias/os y empleadas/os que trabajen bajo la modalidad de teletrabajo tendrán derecho a recibir formación y capacitación sobre características y modalidades de uso de tecnologías y los programas involucrados en la realización de las tareas a fin de asegurar un uso adecuado de las mismas.
A la fecha, ya adhirieron a la Resolución la Cámara Federal de Casación Penal, la Cámara Federal de Seguridad Social, la Cámara Civil y Comercial Federal, la Cámara Nacional en lo Penal Económico, la Cámara Federal de Mendoza y la Cámara Nacional Civil.